Franquiciatarios y el buzón tributario del SAT

Feher Consulting, Febrero 2022

¿Estás dado de alta en Hacienda y tienes que ver con el universo de las franquicias? Esta información te sirve, ya que los Franquiciatarios y el Buzón Tributario del SAT son los temas en tendencia.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se encarga de la recaudaciónimpuestos y la vigilancia del cumplimiento de las obligaciones fiscales.  En otras palabras, es la oficina que revisa todas las declaraciones y el pago de impuestos de todos los mexicanos.

Así, los franquiciatarios y el buzón tributario son temas que debemos conocer para mantenernos actualizados con nuestras responsabilidades fiscales.  Así como el año pasado, tuvimos que conocer los efectos de la prohibición al #outsourcing en México , hoy tenemos que cumplir con nuestras obligaciones fiscales como lo marca la autoridad.

Los franquiciatarios y el Buzón Tributario

Con el nuevo año, las disposiciones y obligaciones que tenemos como contribuyentes van cambiando, de hecho, esta semana, trascendió que todos los contribuyentes que realizamos actividades económicas y estamos dados de alta en el SAT, tenemos que habilitar nuestro Buzón Tributario, ya que es una de nuestras obligaciones fiscales, independientemente del régimen en que nos encontremos.

Estos son algunos ejemplos como Persona:

  • Física
  • Moral
  • Física con actividad empresaria

Conoce las diferencias entre Persona Física y Persona Moral

El Buzón Tributario es el medio de comunicación entre la autoridad fiscal y los contribuyentes, y lo vas a encontrar en el portal electrónico del SAT. Por Ley, dentro del artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación, se toman las bases de esta obligación.

¿Qué dice el Código?

Se refiere a que las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes, (incluyendo a los franquiciatarios) tendrán asignado un buzón tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico, ubicado en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través del cual:

  • La autoridad puede notificarnos cualquier acto o resolución administrativa
  • Se nos pueden enviar mensajes, recordatorios, y demás comunicados oficiales de interés general
  • Los contribuyentes podemos enviar solicitudes e información requerida
  • Podemos realizar consultas sobre nuestra situación fiscal

La autoridad nos pide además de habilitarlo, registrar y actualizar nuestros medios de contacto cada cierto tiempo.

¿Un franquiciatario debe habilitar su buzón tributario?

Claro, al habilitarlo estás cumpliendo con tus obligaciones fiscales. Si no lo haces, puede representar un problema en el futuro y meterte en problemas innecesarios o multas por no darlo de alta.

De hecho, a la fecha, los únicos que no tienen que darlo de alta, son precisamente, las personas que están dadas de baja o que no tienen ingresos; por ello, recuerda que de acuerdo a los términos jurídicos Ignorantia juris non excusat o, en español, “El desconocimiento de la ley no exime su cumplimiento”.

Si tienes mayores dudas en cuanto a estrategias fiscales como franquiciatario, visita el portal www.feherfranquicias.mx y conoce más sobre los servicios que tenemos para franquiciatarios y empresas franquiciantes.